Ya no es necesario que vaya a la DGT pues en el mismo Centro Médico donde realice el reconocimiento psicotécnico se le facilitará un justificante de la propia DGT, válido hasta que le envíen a su propio domicilio el carnet de conducir definitivo.

En Clínica Enfasis21 estamos autorizados por la Jefatura Provincial de Tráfico DGT para renovar su Permiso de Conducir, sin que ello le suponga ningún coste adicional.

 

A Tener En Cuenta Para Renovar El Carnet De Conducir

·         Puede renovar su carnet de conducir 3 meses antes de que le caduque sin perder la fecha de renovación.

·         Tras pasar el reconocimiento psicotécnico se le facilitará un resguardo con el cual podrá conducir durante 90 días, durante este tiempo la DGT le enviara a su domicilio su nuevo carnet de conducir en formato tarjeta.

·         Debe abonar las tasas oficiales de tráfico, en nuestra clínica se las facilitamos sin ningún incremento en el precio.

Documentación Necesaria

·         DNI, carnet de conducir que le va a caducar y fotografía tamaño carnet.

 

Condiciones Para La Obtención Del Permiso o Carnet De Conducir

·         El permiso de las clases C1, C, D1 y D sólo se expedirán a conductores que sean titulares de un permiso en vigor de la clase B

·       El permiso de las clases B+E, C1+E, C+E, D1+E y D+E sólo podrán expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de las clases B, C1, C, D1, o D, respectivamente

·         Para conducir vehículos que realicen transporte escolar, turismos destinados al transporte público de viajeros y vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve, será necesario tener una experiencia, durante al menos un año, en la conducción de vehículos a que autoriza el permiso ordinario de la clase B y superar una prueba de control de conocimientos sobre reglamentación aplicada a esta clase de vehículos, que se indican en el artículo 51.3 del Reglamento General de Conductores. (Autorización BTP). El año de antigüedad podrá ser sustituido por un certificado que acredite haber completado una formación específica teórica y práctica impartida por un centro de formación de conductores autorizado para ello y la superación de las pruebas de control de conocimientos y de aptitudes y comportamientos, que se indican en los artículos 51.3, 52.3 y 53.1 del mencionado Reglamento.

·       Los ciclomotores y los vehículos para personas con movilidad reducida (coches de minusválido), se podrán conducir con permiso de las clases A1, A y B o con la licencia de conducción correspondiente.

Documentación Necesaria

·         DNI y fotografía tamaño carnet